Buenas tengo un contrato firmado de un Plan claro maz 85 ilimitado el cual lo bajaron a un plan mucho menor sin consulta alguna:
1 Firme un contrato x un servicio.
2 En ningún momento un asesor me realizo alguna consulta ( Llaman para ofrecer infinidad de productos).
3 Si un contrato no se cumple o se varia se tiene que notificar.
¿Qué solución darán?
¡Resuelto! Ir a solución.
Hola,
Lo que sucedió en ese momento, es que tu plan se encontraba en Servicio de emergencia, esto hacía que los servicios de redujeran notablemente, con la finalidad de no cortar los servicios a los clientes y mantenerlos conectados.
Actualmente, en caso de que mantengas una deuda, tu servicio se bloqueara por cobranza.
Respecto al contrato, es como también la parte de que nosotros afirmamos que vamos a realizar los pagos de forma normal, pero ahora no lo podemos hacer, entonces claro para no cortar hacía eso.
Espero te ayude con tu duda. Un abrazo y cuídate mucho.
hola @artesaniaelsol tenias recibos vencidos antes de que pasara la reduccion del plan? si es asi claro por los importes pendientes vencidos que tenias para no bloquear tu linea por deudas vencidas activaron el plan de servicio de emergencia, si quieres que tu plan normal se active nuevamente tienes que solicitar un fraccionamiento de tu deuda o un refinanciamiento, por la APP de mi claro puedes solicitar el fraccionamiento. y luego de 24 horas se activa tu servicio normal nuevamente
Hola,
Lo que sucedió en ese momento, es que tu plan se encontraba en Servicio de emergencia, esto hacía que los servicios de redujeran notablemente, con la finalidad de no cortar los servicios a los clientes y mantenerlos conectados.
Actualmente, en caso de que mantengas una deuda, tu servicio se bloqueara por cobranza.
Respecto al contrato, es como también la parte de que nosotros afirmamos que vamos a realizar los pagos de forma normal, pero ahora no lo podemos hacer, entonces claro para no cortar hacía eso.
Espero te ayude con tu duda. Un abrazo y cuídate mucho.
El art. 1370 del Código Civil Peruano, establece que la Rescisión de Contrato, deja sin efecto un contrato por causal existente al momento de celebrarlo. Asimismo, la Resolución de Contrato o resolución contractual, art. 1371 del Código Civil Peruano, deja sin efecto un contrato válido por causal existente a su celebración.
Se puede rescindir un contrato por causal existente al momento de su celebración, en cambio, se puede resolver un contrato por situaciones que surgen con posterioridad a su celebración.
Por lo tanto, tanto la rescisión como la resolución del un contrato, son formas de extinción de un contrato válido. La rescisión tendrá que ser declarada judicialmente, mientras que la resolución de contratos puede ser declarada tanto judicial o extrajudicial.
La resolución del contrato se establece ya sea por el incumplimiento o retardo en la ejecución de las prestaciones, lo que permite la posibilidad de una indemnización siempre y cuando pueda ser demostrable. En este caso es imprescindible la comunicación escrita a la otra parte, en la que se informa la intención de ejecutar la claúsula resolutoria.